OMS - Saúde Reprodutiva


ONU, OMS: LA SALUD REPRODUCTIVA INCLUYE EL ABORTO LEGAL, ASEGURANDO EL ACCESO DE LAS MENORES Y PROHIBIENDO LA OBJECION DE CONCIENCIA.

(Noticias de la Onu Nº 225, 46/00. Gacetilla 232) Fuente: Bulletin of the World Healt Organization, 2000, 78 (5), pags. 569, 580,581, 582, 583 y sigs. Vid. Noticias de la ONU 25, 73, 74, 198, 203, 216, 269, 301, 310, 319 entre otros. Por Elena Brañas

Publicamos una sintesis de algunas paginas del ultimo numero del Boletin Oficial de la Organizacion Mundial de la Salud (OMS). Leyendolo no quedan dudas que las leyes de salud reproductiva son la antesala de la legalizacion del aborto quirurgico y que, ademas, la abolicion de los derechos de los padres de familia y del derecho a la objecion de conciencia de los agentes sanitarios, son objetivos de las politicas de la ONU. En el editorial del Boletin Nº 78 (5), pag. 569, de la OMS-WHO, bajo el titulo “Salud Reproductiva: ampliando los horizontes”, refiriendose a la salud reproductiva se dice: “Desde que el concepto de salud reproductiva fue impuesto en la Conferencia Internacional sobre Poblacion y Desarrollo de El Cairo en 1994, se sigue debatiendo cuales son sus limites. Claramente la salud reproductiva se refiere de la prevencion y el tratamiento de las enfermedades, pero tambien a las funciones normales como el embarazo o el nacimiento. Su finalidad es la reduccion de los problemas que provoca el embarazo -incluyendo las muertes y enfermedades maternas, las complicaciones del aborto, las hemorragias, las muertes en los partos y las muertes de los neonatos-, y tambien la de dar posibilidad a la gente de tener relaciones sexuales seguras y que sean ellos los que decidan si quieren y cuando quieren tener niños”. (...) “Pero pensamos que esto no cubre el espectro total de este nuevo concepto, por esto en uno de los articulos de este Boletin, presentamos algunos de los componentes basicos de la salud reproductiva: la planificacion familiar, el aborto, la morbi-mortalidad materna, la mortalidad peri-neonatal, las infecciones transmitidas sexualmente (...)”. El articulo al que se refiere el editorial, bajo el titulo “Hacer los abortos seguros: un objetivo de buenas politicas y practicas de salud publica”, dice: (...) ”Los embarazos no planeados y no-deseados, constituyen una seria responsabilidad para la salud publica. (...) Aun en paises donde la prevalencia de los contraceptivos es muy alta, existen embarazos no-planeados y abortos. (...) Hacer el aborto legal es un pre-requisito esencial para hacerlo seguro.(...) Buenas politicas y leyes sobre el aborto, agregadas a buenos instrumentos legales, son un medio de control de la fertilidad, porque las mujeres necesitan el aborto”. “Esto significa que aceptamos las limitaciones de la contracepcion y del uso de los anticonceptivos en el ejercicio por parte de las mujeres del derecho a decidir el numero y el espaciamiento de sus niños”. (...) “Por otro lado, uno de nuestros estudios comprobo que los servicios de aborto legal -donde existen-, son inaccesibles para las niñas en edad escolar, entre las que ocurren mas de la mitad de las muertes por aborto, porque los proveedores no respetaban su confidencialidad”. (...)

”Para hacer el aborto seguro, las leyes restrictivas necesitan ser anuladas, enmendadas o reemplazadas, las tradiciones y, en algunos casos, las leyes religiosas deben contemplar los cambios legales. Los paises tienen tres caminos principales para este fin: liberalizando las leyes y los codigos penales; legalizar el aborto parcial o totalmente a traves de leyes positivas o por medio de sentencias judiciales; y descriminalizar el aborto haciendo que desaparezca como delito en todas las leyes conjuntamente”. (...) “El aborto en los primeros tiempos de un embarazo, es mas seguro para la salud de la mujer y menos complicado para su proveedor. Por lo tanto, en los fundamentos de la salud publica, las regulaciones que tienden a dilatar este procedimiento deben ser abolidas”. ”Deben desaparecer las regulaciones que pongan la decision del aborto en manos de otros que no sea la misma mujer, por ejemplo, haciendo valer las clausulas de ‘la objecion de conciencia’ a favor de los proveedores que no desean hacerlo; o tambien, demorando el aborto con motivo de obtener permisos de terceros para hacerlo”. (N. de la r.: Se deduce que en permisos de terceros, se incluye el permiso de los padres en el caso de menores; o del marido en el caso de una mujer casada). FIN, 23-7-00